La seguridad del hogar es una de las principales preocupaciones y por ello cada vez son más las personas que deciden instalar un sistema de alarma para proteger su vivienda o negocio y ganar tranquilidad.
Los sistemas de seguridad suelen incluir carteles disuasorios como parte del servicio, ya que su presencia ayuda a prevenir intentos de robo o intrusión. Sin embargo, algunas personas optan por colocar estos carteles por su cuenta, pensando que es una forma sencilla y eficaz de ahuyentar a posibles intrusos, una estrategia para disuadir a posibles ladrones.
Lo que muchos desconocen es que usar un cartel de alarma de una compañía con CRA (Central Receptora de Alarmas) sin tener un sistema de seguridad real puede acarrear sanciones económicas e incluso problemas legales, ya que se considera una forma de publicidad engañosa según la Ley de Seguridad Privada.
La Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada, es clara al respecto. En su artículo 10 prohíbe expresamente “la prestación o publicidad de servicios de seguridad privada por parte de personas, físicas o jurídicas, carentes de la correspondiente autorización”.
De forma que queda claro que hacerlo sin tener contratado realmente el servicio puede acarrear multas importantes e incluso consecuencias penales en determinados casos.
La sanción mínima podría ser de 600 euros por cada día que se se mantenga el logo o la publicidad de la marca expuesta de manera indebida.
¿Por qué puede ser sancionado?
El objetivo de esta normativa es proteger a los consumidores y garantizar que solo las empresas autorizadas puedan ofrecer o publicitar servicios de seguridad. Al colocar un distintivo de una empresa sin ser cliente, se genera confusión y se vulnera la normativa sobre seguridad privada, lo que puede derivar en:
- Multas económicas de distinta cuantía, según la gravedad del caso.
- Responsabilidad penal, si se demuestra que se ha intentado aparentar la prestación de un servicio de seguridad sin autorización.
- Daños reputacionales, en caso de que la empresa de seguridad afectada interponga una denuncia.
Qué es lo correcto para disuadir robos legalmente
Si tu objetivo es aumentar la protección de tu vivienda, existen alternativas legales y eficaces que puedes considerar:
• Utilizar carteles disuasorios anónimos de tualarmaSINcuotas.es como los incluidos en nuestra alarma sin cuotas mensuales, una opción válida para aumentar la disuasión sin implicaciones legales.

• Contratar un servicio de alarma con conexión a CRA, que incluya los distintivos oficiales y autorizados.
• Instalar sistemas de videovigilancia domésticos homologados, siempre cumpliendo la normativa vigente.
• Reforzar la seguridad física de la vivienda, como mejorar cerraduras, puertas, ventanas o la iluminación exterior.
De este modo, podrás incrementar la seguridad de tu hogar sin exponerte a sanciones ni incumplir la ley.
Si no quieres pagar cuotas mensuales ni compromisos de permanencia, puedes instalar una alarma sin cuotas, estos sistemas están diseñados para ser fáciles de instalar y configurar, lo que te permite tener el control completo de la seguridad de tu vivienda sin depender de servicios externos ni asumir costes mensuales. También puedes adquirir los carteles disuasorios de forma adicional.